Sección V: Los conceptos de sistema y familia


SECCIÓN V
LOS CONCEPTOS DE SISTEMA Y FAMILIA

5.1. Sistema


Conjunto de normas
. Aplicado al Derecho, es conjunto de normas e instituciones que integran total o parcialmente una colectividad o Estado. Total, cuando en dicho Estado existe un sólo sistema y parcialmente, cuando tiene más de uno, como es el caso de los Estados Unidos de Norteamérica que tiene el sistema Romano-germánico en Louisiana y en el resto el Common Law.


5.2. Familia


Conjunto de sistemas
. El concepto de sistema fue necesario definirlo para significar que varios sistemas jurídicos pueden integrar una familia, una vez sean clasificados con los criterios de noción de norma, estructura, método-técnica de trabajo de los juristas, fuentes y principios.

Las principales son Romano-germánica, Common law, Derecho socialista, y de base religiosa, que algunos como el mismo Rene David no la considera familia jurídica.

5.3. Agrupamiento de los sistemas de Derecho en familias


Concepto de norma, estructura, método y técnica, fuentes y principios
. Los juristas emplean las categorías de norma, estructura, método y técnica, fuentes y principios para facilitarse el trabajo de agrupar los derechos en familias. Observando las semejanzas de categorías entre un sistema y otro, podemos señalar varios sistemas y afirmar que pertenecen a una misma familia.

Respecto al concepto de norma, la noción que de ella tengan los países determinará que desde este punto de vista correspondan a una misma familia. También en el Derecho hay conceptos, métodos de investigación y concepciones del mundo sobre las relaciones sociales y la justicia, que influyen como criterios para agrupar sistemas en familia.

 

5.4. Elementos variables y constantes del Derecho


Variabilidad de las normas y constantes la estructura, métodos y concepciones
. Las normas son variables debido a que el legislador puede cambiarlas atendiendo al tramado jurídico (razones políticas, económicas, sociales y culturales) y no obstante hay continuidad en el Derecho. Recordando a Kirchmann: “Bastan tres palabras del legislador para que bibliotecas enteras resulten inservibles”. Y aún con sus cambios, el sistema sigue siendo el mismo por otros elementos que son constantes –en comparación con la norma- tales como su estructura, métodos y concepciones sobre el mismo, los cuales confieren al Derecho sus características propias y aseguran la permanencia del mismo por encima de los cambios que se operen en sus normas jurídicas.
 
ACTIVIDAD
Responde:
Piensa en la frase de Kirchmann, luego responde ¿cambiando leyes cambiamos de sistema, con otra palabras, basta el cambio de la norma para que el sistema no sea el mismo? Antes de responder, lee y toma nota del trabajo de Antonio Leija Martínez, doctor en Derecho, titulado La Cientificidad del Derecho.

¿Los elementos constantes se sustraen a la ley general de la evolución?
Por supuesto que no, porque también esos elementos constantes son objeto de evolución, y la prueba son los cambios operados en la antigua Unión Soviética después del año 1989 cuando desaparece la URSS para convertirse hoy en Comunidad de Estados Independientes (CEI), siendo característico en la Rusia Federal la presencia de la propiedad privada, imposible de concebir antes de esa fecha, que no fuese el Derecho de propiedad sobre cosas personales.

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