BIBLIOGRAFÍA
FÍSICA
David, Rene: Los grandes sistemas jurídicos contemporáneos, Aguilar, España, 1968.
Sirvent Gutiérrez,
Consuelo y Et: Sistemas Jurídicos Contemporáneos, Colección Textos
Jurídicos Universitarios, Oxford University Press Harla México, 1998.
Castán Tobeñas, José y Et: Sistemas Jurídicos Contemporáneos, Abeledo-Perrot, Argentina, 2000.
Vega B., Wenceslao: Historia del Derecho Dominicano, Editora Amigos del Hogar, 2006, 5ta. Edición.
VIRTUAL
1. Morineau, Marta: Evolución de la familia jurídica romano-germánica, en http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1855/5.pdf (25-11-2011).
2. Damaska, Mirjan: Aspectos globales de la reforma del proceso penal, consultado en http://www.dplf.org/uploads/1190596764.pdf en fecha 28-11-2010.
3. Puerta, Luis Román: “La reforma del proceso penal. El ocaso del juez de instrucción”, encontrado en http://ulpilex.es/articulos/la-reforma-del-proceso-penal-el-ocaso-del-juez-de-instruccion en fecha 28-10-2010).
4. IÑAKI ESPARZA LEIBAR CATEDRÁTICO DE DERECHO PROCESAL, UPV/EHU encontrado en http://www.diariovasco.com/20091018/opinion/articulos-opinion/reforma-procesal-penal-francesa-20091018.html en fecha 28-10-2010.
5. Michael Stürner, Tendiendo un puente
entre el common law y el derecho continental. ¿Constituyen las
diferentes metodologías de trabajo un obstáculo contra una mayor
armonización del derecho privado europeo? http://vlex.com/vid/tendiendo-puente-metodologias-obstaculo-41104184
6. Radbruch, Gustav: Introducción a la
Filosofía del Derecho, Breviarios Fondo de Cultura Económica, Primera
Edición Español 1951, Novena Reimpresión 2005,
(Consulta 19 de junio del 2010).
7. Cabrillo, Francisco: “La reforma de la administración de justicia en Francia” encontrado en
8. Torres Manrique, Fernando Jesús: Derecho comparado, http://www.monografias.com/trabajos68/derecho-comporado-comparaciones-juridicas/derecho-comporado-comparaciones-juridicas2.shtml en 22-01-2011.
9. Raynaud y E. Zoller: Le droit dans la culture américaine, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 2001.
10. Glenn,
Patrick H.: “Derecho civil, common law y el Tratado de libre comercio
de América del Norte”, Revista Jurídica Boletín Mexicano de Derecho
comparado, No. 89, en http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/89/art/art6.htm en fecha 22-01-2011.
10.
RENÉ DAVID y CAMILLE JAUFFRET-SPINOSI: LOS GRANDES SISTEMASJURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS, http://es.scribd.com/socrates_acosta/d/62018734-Los-Grandes-Sistemas-Juridicos-Contemporaneos-Rene-David, disponible 15 de abril del 2012.
10.
RENÉ DAVID y CAMILLE JAUFFRET-SPINOSI: LOS GRANDES SISTEMASJURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS, http://es.scribd.com/socrates_acosta/d/62018734-Los-Grandes-Sistemas-Juridicos-Contemporaneos-Rene-David, disponible 15 de abril del 2012.
[1] Morineau, Marta: Evolución de la familia jurídica romano-canónica, en http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1855/5.pdf (25-11-2011).
[2] “Durante
los 22 años en que la actual República Dominicana estuvo unida a la
República de Haití, se introdujo un sistema jurídico totalmente
diferente al que había regido en las etapas anteriores y este nuevo
régimen es básicamente el que ha continuado rigiendo desde entonces en
la República Dominicana” (Vega, Wenceslao: Historia del Derecho
Dominicano, Editora Amigo del Hogar, Rep. Dom., 2006, 5ta. Edición,
pág. 123).
[3] (Damaska, Mirjan: Aspectos globales de la reforma del proceso penal, consultado en http://www.dplf.org/uploads/1190596764.pdf en fecha 28-11-2010).
[4] El término de coexistencia pacífica fue empleado como parte de una política exterior para la URSS por el dirigente soviético Nikita Kruschv.
[5] “si
la investigación se limita a una aproximación del derecho interno con
cualquiera legislación extranjera para una eventual reforma o para una
más exacta interpretación de la ley, es evidente que aquélla queda en el
campo del derecho interno, aunque cultivado con visión más amplia que
responde a la siempre creciente aproximación de los pueblos entre sí”
(Sarfatti, Mario: Introducción al Estudio Del Derecho Comparado, http://www.bibliojuridica.org/libros/2/632/9.pdf, consultado viernes 29 del 2010, pág. 200).
[6]
“cuando el estudioso se lanza a un examen crítico comparativo,
preferiblemente entre los diversos sistemas de derecho, pero también
entre grupo y grupo de legislaciones o entre particulares legislaciones
de grupos diversos o incluso del mismo grupo, entonces él se vale de una
verdadera y propia ciencia, nueva rama de los estudios jurídicos. Se
trata con ésta, aunque sea en un campo limitado de normas, de penetrar
el origen histórico de la institución que se examina en las diversas
legislaciones, de estudiar la evolución y de extraer de ésta la línea
directiva, teniendo siempre en cuenta las analogías y las diversidades
recíprocas” (Sarfatti, Mario: Introducción al Estudio Del Derecho
Comparado, http://www.bibliojuridica.org/libros/2/632/9.pdf, consultado viernes 29 del 2010, pág. 200)
[7]
Radbruch, Gustav: Introducción a la Filosofía del Derecho, Breviarios
Fondo de Cultura Económica, Primera Edición Español 1951, Novena
Reimpresión 2005, http://books.google.com/books?id=ySRP_YTemq4C&printsec=frontcover&dq=filosofiadelderecho&source=bl&ots=VdfRxCefZX&sig=VXDsnFrcLYlCnZXRHwAvzs-rHZc&hl=es&ei=_2QdTP2jOsL7lwf37sjxDQ&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=7&ved=0CDEQ6AEwBg#v=onepage&q&f=false
(Consulta 19 de junio del 2010).
[9]
Tavares Hijo, F.: Historia del Derecho y de las ideas sociopolíticas,
Editora L. Almanzor González Canahuate, Primera Edición, 1996.
[10] (Cabrillo, Francisco: “La reforma de la administración de justicia en Francia” encontrado en
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